martes, 28 de abril de 2015

BALANCE GENERAL O EDO. DE SITUACION FINANCIERA


El balance general es el estado financiero de una empresa en un momento determinado. Es el estado financiero más importante para revisar la situación financiera de una empresa. Para poder reflejar dicho estado, el balance muestra contablemente los activos (lo que organización posee), los pasivos (sus deudas) y la diferencia entre estos (el patrimonio neto).

El balance es un estado de situación financiera y comprende información clasificada y agrupada en tres grupos principales: activos, pasivos y capital. A su vez cada uno de estos grupos, muestran en detalle distintas cuentas. A su vez la información es ordenada de cuentas o ítems de mayor liquidez a menor liquidez.

En cuanto a su elaboración el balance general se realiza cada año al finalizar el ejercicio económico de la empresa (balance final), aunque también se suelen elaborar balances al inicio del ejercicio (balances de apertura), y balances con una periodicidad mensual, trimestral o semestral (balances parciales).

Toda empresa necesita conocer sus resultados y plasmarlos en un documento contable que determine este proceso. El balance general es en pocas palabras un resumen que refleja el panorama actual de su compañía. El balance general es un documento guía para la toma de decisiones financieras.

En un balance General el Activo debe ser igual a la suma del Pasivo + el Capital.
Activo= Pasivo+Capital


 

viernes, 24 de abril de 2015

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martes, 21 de abril de 2015

DESCARGUE LAS PLANILLAS DE LOS BANCOS PUBLICOS PARA TARJETAS DE CREDITOS

miércoles, 8 de abril de 2015

DEBERES FORMALES DE LAS EMPRESAS EN VENEZUELA

Una vez inscrita debidamente la sociedad mercantil en el registro correspondiente, debe cumplir una serie de formalismos ante diversos organismos públicos o llevar de determinada manera una documentación o presentar una información de una manera especifica , estos suelen llamarse deberes formales, los mismos pueden ser fiscales o parafiscales.



Deberes Formales Fiscales

Los deberes formales establecidos en el Código Orgánico Tributario, en su artículo 145, refieren a:

Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir con los deberes formales relativos a las tareas de fiscalización e investigación que realice la Administración Tributaria y, en especial, deberán


1) Cuando lo requieran las leyes o reglamentos:
Llevar en forma debida y oportuna los libros y registros especiales, conforme a las normas legales y los principios de contabilidad generalmente aceptados, referentes a actividades y operaciones que se vinculen a la tributación y mantenerlos en el domicilio o establecimiento del contribuyente y responsable.
Inscribirse en los registros pertinentes, aportando los datos necesarios y comunicando oportunamente sus modificaciones.
Colocar el número de inscripción en los documentos, declaraciones y en las actuaciones ante la Administración Tributaria o en los demás casos en que se exija hacerlo.
Solicitar a la autoridad que corresponda permisos previos o de habilitación de locales.
Presentar, dentro del plazo fijado, las declaraciones que correspondan.


2) Emitir los documentos exigidos por las leyes tributarias especiales, cumpliendo con los requisitos y formalidades en ellas requeridos.

3) Exhibir y conservar en forma ordenada, mientras el tributo no esté prescrito, los libros de comercio, los libros y registros especiales, los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos imponibles.

4) Contribuir con los funcionarios autorizados en la realización de las inspecciones y fiscalizaciones, en cualquier lugar, establecimientos comerciales o industriales, oficinas, depósitos, buques, aeronaves y otros medios de transporte.

5) Exhibir en las oficinas o ante los funcionarios autorizados, las declaraciones, informes, documentos, comprobantes de legítima procedencia de mercancías, relacionadas con hechos imponibles, y realizar las aclaraciones que les fueren solicitadas.

6) Comunicar cualquier cambio en la situación que pueda dar lugar a la alteración de su responsabilidad tributaria, especialmente cuando se trate del inicio o término de las actividades del contribuyente.

7) Comparecer a las oficinas de la Administración Tributaria cuando su presencia sea requerida.

8) Dar cumplimiento a las resoluciones, órdenes, providencias y demás decisiones dictadas por los órganos y autoridades tributarias, debidamente notificadas.


Deberes Formales Parafiscales

Inscripción en el IVSS


1) Inscribirse a través del portal TIUNA, el Sistema le dará la opción de imprimir la Constancia de Solicitud de Afiliación.

2) Llevar la Constancia de Solicitud impresa a la Oficina Administrativa correspondiente, de acuerdo a la terminación de su número de RIF. Adicionalmente debe consignar ciertos requisitos, los cuales serán revisados por un funcionario del I.V.S.S., para verificar la autenticidad de los datos y proceder a aprobar dicha solicitud.

3) Una vez aprobada la solicitud, el sistema genera de forma automática las credenciales de acceso al sistema y las mismas se les hará llegar vía correo. A partir de ese momento usted podrá tener acceso al sistema.


Inscripción en INCES

1) Planilla de Inscripción en el R.N.A.(Emitida por la pagina Web del INCES), Debidamente llenada por la Empresa.

2) Llevar la Planilla de Inscripción en el R.N.A a la Oficina Administrativa correspondiente, adicionalmente debe consignar ciertos requisitos, los cuales serán revisados por un funcionario del INCES., para verificar la autenticidad de los datos y proceder a aprobar dicha solicitud.

3) Las empresas con menos de trabajadores, no tienen la obligacion de aportar pero deberán de igual manera inscribirse y retener y pagar el 0,5% de aporte de los empleados en la oportunidad del pago de las utilidades.


Inscripción en FAOV

1) La inscripción se hará de manera electrónica a través del portal del FAOV, así como la carga de las nominas.

2) El mismo sistema dará de manera electrónica las constancias de inscripción, recibos de pago y solvencias en formato .pdf que podrá imprimir el aportante.


Inscripción en MINPPTRASS

1) Llenar la Solicitud de Inscripción a través del Sistema de Registro Nacional de Empresas y Establecimientos

2) Con la planilla de solicitud y ciertos recaudos, asistir a la Oficina del Ministerio del Trabajo (asignada conforme al domicilio de la empresa o establecimiento) en la fecha fijada por el mencionado Sistema

3) Posterior a la entrega de los recaudos, el funcionario o funcionaria del Ministerio del Trabajo le suministrará a El o la representante de la empresa o establecimiento el Número de Identificación Laboral (NIL), el cual es un documento que confirma que la empresa o establecimiento está debidamente inscrita el Ministerio del Trabajo.


Patente de Industria y Comercio

1) Cada alcaldía dispondrá de normas y procedimientos específicos para la inscripción y pago de los mismos.